SANCIONES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA MOTIVADO POR EL COVID-19 O CORONAVIRUS. CRITERIOS DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD.

Con base al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Visto que el artículo 20, tipifica el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el

EL TRIBUNAL SUPREMO SE PRONUNCIA POR PRIMERA VEZ SOBRE EL DELITO DEL ART. 197.7 DEL C. PENAL (REVELACIÓN O DIFUSIÓN DE IMÁGENES O GRABACIONES DEL AFECTADO OBTENIDAS CON SU PERMISO EN UN DOMICILIO O LUGAR FUERA DEL ALCANCE DE LA MIRADA DE TERCEROS, CUANDO DICHA DIVULGACIÓN LESIONA GRAVEMENTE LA INTIMIDAD DE ESA PERSONA).

La reciente Sentencia de 2020 trata del delito de difusión o revelación de imágenes o grabaciones obtenidas con el permiso del afectado, en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, pero que luego se difunden menoscabando la intimidad de esa persona. Diremos, en primer lugar, que los contenidos de índole sexual son el caso más extremo, pero bien puede haber difusión de